sábado, 16 de abril de 2011

SERVICIO DE BIBLIOTECA INFANTIL

El centro cívico cuenta también de una biblioteca infantil atendida por  un bibliotecario a jornada completa y un animador social a tiempo parcial.
La biblioteca va destinada al niños de 0 a 14 años.

La biblioteca permite múltiples y muy distintas actividades: mirar cuentos e imágenes, escuchar narraciones, escuchar cuentos en CD , ver historias de teatro, representación de títeres, dibujar, ver cuentos y tebeos con los padres, hermanos o abuelos, disfrutar con los juegos de mesa, mirar libros y tebeos con amigos, tumbarse tranquilo mirando cuentos o buscar libros y llevarlos a casa.
Los  miércoles por la tarde hay un cuenta cuentos y los jueves por la tarde hay una representación de títeres.
En época de vacaciones hay talleres infantiles. Entre los que se suelen ofrecer en las épocas estivales están los siguientes:
v     Taller de teatro.
v     Taller de dibujo.
v     Taller de lectura.
La zona infantil se divide en subzonas:
Zona de selección, consulta y lectura.
Zona de préstamo, con libre acceso. Se aconseja colocar los libros no ya en estanterías, sino en cajas para que sean accesibles a los niños.
Zona de actividades complementarias, organizada de manera que no interfiera en el resto de actividades de lectura, para actividades, hora de cuento, juegos, etc.

El bibliotecario tiene un contrato de prácticas, acaba de terminar sus estudios en Grado en Documentación e información, el contrato se realiza por el tiempo máximo que establece la ley de 2 años.
Su salario será durante el primer año del 70% del Salario que recoge el convenio colectivo de bibliotecarios y durante el segundo año el salario será del 90%  del salario según convenio.


El animador social es un joven de 26 años y tiene un contrato a tiempo parcial de 30 horas semanales por el periodo de  1 año de duración lo cual tiene una bonificación en las cuotas empresariales durante un año del 100% porque la empresa tiene menos de 250 trabajadores.  Según lo establecido por  el Real Decreto-ley 1/2011



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